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CONVOCATÒRIES DE PROVES SELECTIVES DE L’OFERTA PÚBLICA DE 1999

Informe de la Mesa

Texto aprobado en la Mesa Sectorial de Función Pública celebrada el día 31 de julio de 2000 y apoyado por CCOO, CEMSATSE, CSIF y UGT:


Informe de la Mesa

L’Ordre del dia tenia dos punts: el Pla d’Ocupació del personal reingressat del SEPIVA i les Bases de les Convocatòries de la Oferta Pública d’Ocupació per a 1999.

1. Pla d’ocupació del personal procedent del SEPIVA

El Pla d’Ocupació consisteix en tres punts:

a) Consolidar els llocs de treball creats "en reasignació" quan varen reingressar els companys i companyes procedents del SEPIVA.

b) Adscriure als actuals ocupants amb destinació definitiva a eixos llocs de treball. (Hi ha llocs d’Administratiu, grup C, Auxiliar de manteniment, grup D, i ajudant de manteniment, grup E).

c) El reconeixement amb caràcter definitiu dels complements personal transitoris reconeguts provisionalment en el moment del reingrés.

L’STEPV-Iv considera que ja era hora que s’aprovara, després de passats més de dos anys des de la privatització, i quasi dos des del reingrés (setembre de 1998). Estem d’acord amb el primer i tercer punts, és a dir, que es consoliden els llocs de treball i que es reconeguen els CPTs de forma definitiva. Amb el que no estem d’acord és amb el fet que l’adscripció siga definitiva. Pensem que seria molt millor, per higiene mental i de la pròpia Administració, que les adscripcions hagueren sigut provisionals, i que s’haguera convocat un concurs. Cal fer notar que en el grup C d’Administració General fa ja més de 8 anys que no s’han convocat concursos generals. S’ha desaprofitat una magnífica oportunitat de convocar-ne un. A més, açò pot crear mals rotllos entre el personal procedent del SEPIVA i la resta del personal de les seues categories, que no es mereixen ni uns ni els altres.

Han signat el Pla tots els sindicats, excepte el nostre.

2. Bases de les Convocatòries de la Oferta Pública d’Ocupació per a 1999

Els representants de l’STEPV-Intersindical Valenciana en la Mesa, en primer lloc, hem protestat formalment pel fet que es va convocar el concurs-oposició de dues places de l’IVIA incloses en l’Oferta sense que s’haguera negociat. Hem recordat que en eixe concurs-oposició, el pes del concurs és del 40%, la qual cosa demostra que, quan es volen fer les coses, es fan.

Tots els torns van per separat, gràcies a la pressió de tots els sindicats de la Mesa.

 

PROMOCIÓ INTERNA

La postura inicial de l’STEPV-Iv era que calia aplicar el mateix sistema que utilitza la convocatòria 3/99 (del D al C d’Administració General). Com que els altres sindicats acceptaren parlar-ne, no tinguérem més remei que negociar-ho. El resultat, però, no està malament: la fase de concurs és igual que la de la Convocatòria 3/99, i la fase d’oposició, si bé no és igual, assegura una reducció important ("significativa", digueren) del temari (això es concretarà a setembre).

Contra tota lògica, però, l’Administració es nega a admetre que per a la promoció interna puga participar personal funcionari, ja siga del sector de general o del d’especial, sempre que tinga titulació, clar. No ho entenem, ja que està previst en el Decret 33/99, i la Llei de la Funció Pública tampoc no ho prohibeix. El DG ha admés que és un criteri d’oportunitat.

 

TORN LLIURE I DE DISCAPACITATS

La fase d’oposició no ha tingut massa discussió, ja que s’han proposat els exercicis habituals. En el grup D s’elimina el psico-tècnic i la màquina (substituïda per l’ordenador). Els exercicis d’idiomes i de valencià passen a la fase de concurs.

Respecte de la fase de concurs (un 20%), la discussió està en l’apartat d’experiència, ja que respecte de la formació estem tots més o menys d’acord (val un 11% del total).

Hem defensat que s’augmente la puntuació total d’aquest apartat, per a que per si sol puga valorar-se fins a 19 punts (de forma que el total del concurs valga el 30%, reduint la puntuació de l’oposició al 70%). L’Administració ha afirmat que pel que fa a aquest punt, la seua postura és inamovible.

A més, l’STEPV-Iv pensa que els treballs per a l’empresa privada han de ser puntuats amb menor puntuació (una quarta part del màxim, no la meitat). Nosaltres, i la resta de sindicats, hem demanat que es puntúe per treballs realitzats per a la Generalitat Valenciana en places diferents a les convocades. Així, TOTS I TOTES les persones que treballen per a la Generalitat poden veure reconeguda la seua tasca (si no, sols es donaven punts al personal interí de la mateixa categoria). La nostra proposta és que era que es valorara amb 0’1 punts per mes. Finalment, encara que la representació de l’Administració ha acceptat que es puntúe, ha proposat una puntuació de 0,04 punts, és a dir, menys que el treball realitzat per a l’empresa privada.

 

Aquests punts els considerem fonamentals, i, per tant, la proposta inacceptable. Hem condicionat el nostre suport a la seua modificació. No ha pogut ser, de forma que hem decidit no firmar.

La resta, excepte la FSP (però FETE-UGT sí), no ho han entés així, ja explicaran ells perquè.

 

31 de juliol de 2000

 

STEPV-Intersindical Valenciana

Sector d’Administracions Públiques


Texto aprobado en la Mesa Sectorial de Función Pública celebrada el día 31 de julio de 2000 y apoyado por CCOO, CEMSATSE, CSIF y UGT:

 

"1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Las convocatorias tienen por objeto la selección de personal para cubrir plazas contenidas en la OPE 99 de los sectores de administración general, administración especial y laborales –grupos A, B, D y E-. La selección del personal discapacitado y la del personal que deba acceder por el turno de promoción interna se llevará a cabo mediante convocatorias separadas de las de ingreso del turno de acceso libre.

De las plazas convocadas en la Oferta Pública, se reservara el 3% al cupo de discapacitados. En las plazas restantes, el 40% se reservarán al turno de promoción interna y el 60% restante se destinará al turno libre. Las plazas sin cubrir de los turnos independientes de promoción interna y de discapacitados se acumularán al turno general de acceso libre para la correspondiente convocatoria.

2. PROCESO SELECTIVO

El proceso selectivo se llevará a cabo, para todas las convocatorias, por el sistema de concurso-oposición.

3. DESARROLLO DE LAS PRUEBAS Y CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS

3.1 Fase de oposición

Convocatorias para el turno libre y turno de discapacitados

La puntuación máxima a obtener en la fase de oposición será de 80 puntos, que se distribuirá de la siguiente manera según los grupos de titulación:

Grupos A y B: La fase de oposición constará de 3 ejercicios obligatorios, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: cuestionario en forma de test, sobre materias recogidas en el anexo correspondiente, con 4 respuestas alternativas de las que sólo 1 será la correcta.

El ejercicio se calificará de 0 a 26 puntos, siendo necesario 13 puntos para superarlo.

El nivel de conocimientos mínimos exigida para alcanzar 13 puntos en el ejercicio será fijado por el Tribunal, con carácter previo a su realización Las preguntas contestadas con error serían contabilizadas negativamente, con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta.

Segundo ejercicio: Desarrollo por escrito, durante un tiempo mínimo de tres horas y máximo de cuatro, a determinar por el Tribunal, de dos temas elegidos de entre tres extraídos al azar del programa que figure en el anexo correspondiente.

El ejercicio se calificará de 0 a 28 puntos, siendo necesario 14 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal.

El ejercicio se calificará de 0 a 26 puntos, siendo necesario 13 puntos para superarlo.

Grupo D: La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito un test de concocimientos, sobre materias recogidas en el anexo correspondiente, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.

El nivel de conocimientos mínimos exigidos para superar el ejercicio será fijado por el Tribunal, con carácter previo a su realización. Las preguntas contestadas con error serán contabilizadas negativamente, con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba de informática (tratamiento de textos y hoja de cálculo).

El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.

Convocatoria para el turno de promoción interna

La puntuación máxima a obtener en la fase de oposición será de 80 puntos, que se distribuirá de la siguiente manera según los grupos de titulación:

Grupos A y B: La fase de oposición constará de 2 ejercicios obligatorios, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Desarrollo por escrito, durante un tiempo mínimo de tres horas y máximo de cuatro, a determinar por el Tribunal, de dos temas elegidos de entre tres extraídos al azar del programa que figure en el anexo correspondiente.

El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal.

El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.

Grupo D: La fase de oposición constará de un ejercicio obligatorio y eliminatorio, consistente en la realización de una prueba de informática sobre tratamiento de textos y hoja de cálculo. El ejercicio s valorará con 80 puntos, siendo necesario 40 puntos para superarlo.

 

CALIFICACIÓN FINAL FASE OPOSICIÓN

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenida en cada uno de los ejercicios que deban realizar los aspirantes. A continuación se configurará una lista, ordenada por puntuación de mayor a menor y contendrán a todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con los criterios establecidos en cada una de las bases de las convocatorias.

Si en la convocatoria del turno de promoción interna, el número de aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida para cada ejercicio fuese inferior al de plazas reservadas a este turno, dichas plazas acrecentarán las de turno libre.

De igual modo, si en la convocatoria de discapacitados el número de aspirantes que obtevieran la puntuación mínima exigida para cada ejercicio fuese inferior al de plazas convocadas, dichas plazas acrecentarán el de turno libre.

3.2 Fase de concurso:

Sólo podrán participar en esta fase los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición.

Los méritos alegados por los participantes deberán haber sido obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Sólo se valorará la experiencia laboral anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La puntuación máxima en la fase de concurso será de 20 puntos que se distribuirán de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Formación: 11 puntos

1. Titulación académica: máximo 3 puntos: Cualquier titulación académica de igual o superior nivel al exigido para pertenecer al respectivo Grupo de titulación: 1.50 puntos.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento máximo 3 puntos: se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento de duración igual o superior a 15 horas que hayan sido cursados por el interesado y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo público de formación, hasta un máximo de 2 puntos y con arreglo a la siguiente escala:

De 100 o más horas 2.00 puntos

De 75 o más horas. 1.50 puntos

De 50 o más horas: 1 punto

De 25 o más horas: 0.50 puntos

De 15 o más horas: 0.20 puntos

Para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna los cursos mencionados deberán haber sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos.

En ningún caso se puntuará en los subapartados 1) y 2) del presente apartado A) los cursos de valenciano y de idiomas ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y los de los diferentes Institutos de las Universidades cuando formen parte del plan de estudios del Centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturaleza de los puestos que ocupa.

3. Valenciano: Máximo 3 puntos. Acreditación con certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià con arreglo a la siguiente escala:

Conocimiento Oral: 0.50 puntos

Grado Elemental: 1 punto.

Grado medio: 2 puntos.

Grado Superior: 3 puntos.

4. Idiomas comunitarios: Máximo 2 puntos: se puntuará hasta un máximo de 1 punto, a razón de 0’10 puntos por curso o su equivalencia si se trata de Ciclos, correspondiente a título expedido por la Universidad o Escuela Oficial de Idiomas.

B) Experiencia profesional: 9 puntos,

A) Turno libre y discapacitados: se valorará la experiencia profesional de los participantes de acuerdo con el siguiente baremo:

  1. Por trabajos realizados para la Generalitat Valenciana en puestos del mismo grupo, actividad o categoría que las plazas convocadas: 0’1 puntos por mes completo de servicio en activo.
  2. Por trabajos realizados para otras Administraciones Públicas, así como en otros sectores de la Generalitat Valenciana, en puestos del mismo grupo, actividad o categoría que las convocadas: 0’07 puntos por mes completo de servicio en activo.
  3. Otros trabajos por cuenta ajena, autónomos y profesionales en actividades relacionadas con las funciones de las plazas objeto de la convocatoria: 0’05 puntos por mes completo de servicio en activo.
  4. Por trabajos realizados para la Generalitat Valenciana en puestos de distinto grupo, actividad o categoría que las plazas convocadas: 0’04 puntos por mes completo de servicio en activo.
  5. Por trabajos realizados para otras Administraciones Públicas, así como en otros sectores de la Generalitat Valenciana, en puestos de distinto grupo, actividad o categoría que las convocadas: 0’03 puntos por mes completo de servicio en activo.

 

4. PUNTUACIÓN FINAL

La puntuación final del concurso oposición se obtendrá sumando la puntuación obtenida en ambas partes.

A continuación se configurará una lista por cada convocatoria, ordenada por puntuación de mayor a menor que se interrumpirá cuando el número de incluidos en ella coincida con el número de puestos de trabajo convocados.

Los casos de empate que se produzcan en cada una de las listas se dirimirán de la siguiente manera: se atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, si persistiese el empate éste se dirimirá por la mayor puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo del concurso, por el mismo orden en el que figuran relacionados.

 

5. CURSO SELECTIVO

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 6 del Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa aprobado por Decreto del Consell 33/99, de 9 de marzo, los aspirantes seleccionados incluidos en determinados grupos podrán ser nombrados personal funcionario en prácticas y realizar un curso de formación, que podrá tener carácter selectivo. Dicho curso será organizado por el IVAP con una duración no superior a 6 meses."

Valencia, 31 de julio de 2000

Por la Administración: DG de Función Pública

Por las Organizaciones sindicales: UGT, CCOO, CSIF y CEMSATSE

 

 

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