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Texto aprobado en la Mesa Sectorial de Función Pública celebrada el día 31 de julio de 2000 y apoyado por CCOO, CEMSATSE, CSIF y UGT:"1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Las convocatorias tienen por objeto la selección de personal para cubrir plazas contenidas en la OPE 99 de los sectores de administración general, administración especial y laborales grupos A, B, D y E-. La selección del personal discapacitado y la del personal que deba acceder por el turno de promoción interna se llevará a cabo mediante convocatorias separadas de las de ingreso del turno de acceso libre.
De las plazas convocadas en la Oferta Pública, se reservara el 3% al cupo de discapacitados. En las plazas restantes, el 40% se reservarán al turno de promoción interna y el 60% restante se destinará al turno libre. Las plazas sin cubrir de los turnos independientes de promoción interna y de discapacitados se acumularán al turno general de acceso libre para la correspondiente convocatoria.
2. PROCESO SELECTIVO
El proceso selectivo se llevará a cabo, para todas las convocatorias, por el sistema de concurso-oposición.
3. DESARROLLO DE LAS PRUEBAS Y CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS
3.1 Fase de oposición
Convocatorias para el turno libre y turno de discapacitados
La puntuación máxima a obtener en la fase de oposición será de 80 puntos, que se distribuirá de la siguiente manera según los grupos de titulación:
Grupos A y B: La fase de oposición constará de 3 ejercicios obligatorios, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: cuestionario en forma de test, sobre materias recogidas en el anexo correspondiente, con 4 respuestas alternativas de las que sólo 1 será la correcta.
El ejercicio se calificará de 0 a 26 puntos, siendo necesario 13 puntos para superarlo.
El nivel de conocimientos mínimos exigida para alcanzar 13 puntos en el ejercicio será fijado por el Tribunal, con carácter previo a su realización Las preguntas contestadas con error serían contabilizadas negativamente, con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta.
Segundo ejercicio: Desarrollo por escrito, durante un tiempo mínimo de tres horas y máximo de cuatro, a determinar por el Tribunal, de dos temas elegidos de entre tres extraídos al azar del programa que figure en el anexo correspondiente.
El ejercicio se calificará de 0 a 28 puntos, siendo necesario 14 puntos para superarlo.
Tercer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal.
El ejercicio se calificará de 0 a 26 puntos, siendo necesario 13 puntos para superarlo.
Grupo D: La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito un test de concocimientos, sobre materias recogidas en el anexo correspondiente, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.
El nivel de conocimientos mínimos exigidos para superar el ejercicio será fijado por el Tribunal, con carácter previo a su realización. Las preguntas contestadas con error serán contabilizadas negativamente, con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba de informática (tratamiento de textos y hoja de cálculo).
El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.
Convocatoria para el turno de promoción interna
La puntuación máxima a obtener en la fase de oposición será de 80 puntos, que se distribuirá de la siguiente manera según los grupos de titulación:
Grupos A y B: La fase de oposición constará de 2 ejercicios obligatorios, siendo todos ellos de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Desarrollo por escrito, durante un tiempo mínimo de tres horas y máximo de cuatro, a determinar por el Tribunal, de dos temas elegidos de entre tres extraídos al azar del programa que figure en el anexo correspondiente.
El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal.
El ejercicio se calificará con 40 puntos como máximo, siendo necesario como mínimo 20 puntos para superarlo.
Grupo D: La fase de oposición constará de un ejercicio obligatorio y eliminatorio, consistente en la realización de una prueba de informática sobre tratamiento de textos y hoja de cálculo. El ejercicio s valorará con 80 puntos, siendo necesario 40 puntos para superarlo.
CALIFICACIÓN FINAL FASE OPOSICIÓN
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenida en cada uno de los ejercicios que deban realizar los aspirantes. A continuación se configurará una lista, ordenada por puntuación de mayor a menor y contendrán a todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con los criterios establecidos en cada una de las bases de las convocatorias.
Si en la convocatoria del turno de promoción interna, el número de aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida para cada ejercicio fuese inferior al de plazas reservadas a este turno, dichas plazas acrecentarán las de turno libre.
De igual modo, si en la convocatoria de discapacitados el número de aspirantes que obtevieran la puntuación mínima exigida para cada ejercicio fuese inferior al de plazas convocadas, dichas plazas acrecentarán el de turno libre.
3.2 Fase de concurso:
Sólo podrán participar en esta fase los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición.
Los méritos alegados por los participantes deberán haber sido obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Sólo se valorará la experiencia laboral anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima en la fase de concurso será de 20 puntos que se distribuirán de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Formación: 11 puntos
1. Titulación académica: máximo 3 puntos: Cualquier titulación académica de igual o superior nivel al exigido para pertenecer al respectivo Grupo de titulación: 1.50 puntos.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento máximo 3 puntos: se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento de duración igual o superior a 15 horas que hayan sido cursados por el interesado y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo público de formación, hasta un máximo de 2 puntos y con arreglo a la siguiente escala:
De 100 o más horas 2.00 puntos
De 75 o más horas. 1.50 puntos
De 50 o más horas: 1 punto
De 25 o más horas: 0.50 puntos
De 15 o más horas: 0.20 puntos
Para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna los cursos mencionados deberán haber sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos.
En ningún caso se puntuará en los subapartados 1) y 2) del presente apartado A) los cursos de valenciano y de idiomas ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y los de los diferentes Institutos de las Universidades cuando formen parte del plan de estudios del Centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturaleza de los puestos que ocupa.
3. Valenciano: Máximo 3 puntos. Acreditación con certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià con arreglo a la siguiente escala:
Conocimiento Oral: 0.50 puntos
Grado Elemental: 1 punto.
Grado medio: 2 puntos.
Grado Superior: 3 puntos.
4. Idiomas comunitarios: Máximo 2 puntos: se puntuará hasta un máximo de 1 punto, a razón de 010 puntos por curso o su equivalencia si se trata de Ciclos, correspondiente a título expedido por la Universidad o Escuela Oficial de Idiomas.
B) Experiencia profesional: 9 puntos,
A) Turno libre y discapacitados: se valorará la experiencia profesional de los participantes de acuerdo con el siguiente baremo:
- Por trabajos realizados para la Generalitat Valenciana en puestos del mismo grupo, actividad o categoría que las plazas convocadas: 01 puntos por mes completo de servicio en activo.
- Por trabajos realizados para otras Administraciones Públicas, así como en otros sectores de la Generalitat Valenciana, en puestos del mismo grupo, actividad o categoría que las convocadas: 007 puntos por mes completo de servicio en activo.
- Otros trabajos por cuenta ajena, autónomos y profesionales en actividades relacionadas con las funciones de las plazas objeto de la convocatoria: 005 puntos por mes completo de servicio en activo.
- Por trabajos realizados para la Generalitat Valenciana en puestos de distinto grupo, actividad o categoría que las plazas convocadas: 004 puntos por mes completo de servicio en activo.
- Por trabajos realizados para otras Administraciones Públicas, así como en otros sectores de la Generalitat Valenciana, en puestos de distinto grupo, actividad o categoría que las convocadas: 003 puntos por mes completo de servicio en activo.
4. PUNTUACIÓN FINAL
La puntuación final del concurso oposición se obtendrá sumando la puntuación obtenida en ambas partes.
A continuación se configurará una lista por cada convocatoria, ordenada por puntuación de mayor a menor que se interrumpirá cuando el número de incluidos en ella coincida con el número de puestos de trabajo convocados.
Los casos de empate que se produzcan en cada una de las listas se dirimirán de la siguiente manera: se atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, si persistiese el empate éste se dirimirá por la mayor puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo del concurso, por el mismo orden en el que figuran relacionados.
5. CURSO SELECTIVO
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 6 del Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa aprobado por Decreto del Consell 33/99, de 9 de marzo, los aspirantes seleccionados incluidos en determinados grupos podrán ser nombrados personal funcionario en prácticas y realizar un curso de formación, que podrá tener carácter selectivo. Dicho curso será organizado por el IVAP con una duración no superior a 6 meses."
Valencia, 31 de julio de 2000
Por la Administración: DG de Función Pública
Por las Organizaciones sindicales: UGT, CCOO, CSIF y CEMSATSE